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¿CUÁLES SON LOS GASTOS DE PUERTO LA GUAIRA Y PUERTO CABELLO EN VENZUELA?

Al importar una mercancía para Venezuela por transporte marítimo, se generan una serie de gastos que se deben cancelar en puerto para recibir la carga.

Es importante conocerlos porque forma parte de la estructura de gastos que se debe calcular a la hora de importar.

Tener conciencia de cuáles son las tasas que se deben pagar y que logística organizar aseguran el éxito del proceso de importación.

GASTOS DE PUERTO QUE CUMPLIR: TASAS PORTUARIAS

Derecho de Uso de Superficie: es una contraprestación que hace el propietario de la carga, pagar por la movilización de las mercancías desde o hacia el buque.

Derecho de Depósito: es una contraprestación que hace el propietario de la carga, pagar por el depósito transitorio de las mercancías en las áreas abiertas o patios,

Derecho de Almacenamiento: es una contraprestación que hace el propietario de la carga, pagar por el almacenamiento de la mercancía

EXONERACIÓN DE IMPUESTOS 2021

Debido a la llegada de la pandemia COVID-19, se encuentran exonerados de impuestos de importación, impuesto al valor agregado y tasa por determinación del régimen aduanero a las mercancías y sectores que contemplen estos rubros, hasta el 30/04/2021:

– Bienes muebles de capital, bienes de informática y telecomunicaciones, sus partes, piezas y accesorios, no producidos o con producción insuficiente en el país, de primer uso.

– Bienes muebles corporales correspondientes al sector automotriz.

– Bienes muebles corporales realizadas por los Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional, destinados a evitar la expansión de la pandemia Coronavirus (Covid-19).

– Material eléctrico y electrónico destinado a telecomunicaciones.

OTROS GASTOS DE PUERTOS Y SUS PRECIOS

Hay otros pagos que se deben realizar para poder hacer la nacionalización de un contenedor, los conocidos en un presupuesto como gastos de puertos, entre ellos están:

En relación a los Manejos que se realizan el costo es de aproximadamente 350$

En Almacenajes, está establecido en el reglamento L.O.A. ART. 29. que Los usuarios de los almacenes, patios y demás dependencias adscritas a las aduanas, por la permanencia o depósito de lo mercancías en dichos lugares, pagarán una tasa mensual ad-valorem por concepto de almacenaje.

El cálculo de la tasa de almacenaje se hará en todos los casos previstos en el Reglamento, en base al valor normal de las mercancías en aduana. Por experiencia se calcula cerca de 790$. 

Para el orden de elevador 340$ y para el uso de vías urbanas y bioseguridad de los contenedores un promedio de 160$.

En total se deben reservar cerca de 1.640$ para los gastos en puertos.